Certificación Orgánica de Apicultura en Uruguay


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Apiario de Ecoapicultores ubicado en Cerro Largo 
                                                                       31/01/2019

ECOAPICULTORES aclara: a la fecha en Uruguay no existe NINGUNA ENTIDAD CERTIFICADORA que pueda certificar producciones de origen animal como ORGÁNICAS, BIOLÓGICAS, ECOLÓGICAS O AGROECOLÓGICAS.

Y esto es porque no existe a la fecha ninguna Entidad Certificadora de la Producción Orgánica Animal, sea esta de Tercera Parte, de sistema de Participación de Garantía u Oficial registrada en el MGAP.

Solo es posible CERTIFICAR producciones de origen animal como Orgánicas bajo el contrato de costosas Certificadoras de origen extranjero. Las cuales pequeños productores apícolas como nosotros no podemos costear.

Actualización: Este artículo es del año 2019, dado la modificación dada por el Decreto 175, de mayo de 2022, la normativa a que se hace referencia fue cambiada.

HASTA AQUÍ LO SENCILLO Y CONCRETO.

Como datos históricos o aclaratorios se puede agregar:

Existieron Entidades Certificadoras de Producción Orgánica Animal y Vegetal creadas por decretos (DECRETO N°360/992 DE 28 DE JULIO DE 1992 , Decretos Nº434/992 de 15 de setiembre de 1992 y Nº19/993 de 12 de enero de 1993 ,DECRETO 194/999), como la “Sociedad de Consumidores de productos provenientes de la Agricultura Biológica” de la Asociación Rural del Uruguay y a la “Asociación Certificadora de la Agricultura Ecológica del Uruguay “URUCERT”.

Pero a la fecha ninguna de estas Entidades están operando.

En 2008 surge el Decreto 557/008 que por su artículo 1º crea el Sistema Nacional de Producción Orgánica.

En su artículo 2º define quienes podrán usar los prefijos productos que manejan, las expresiones "orgánicos" o sus equivalentes tales como "ecológicos" o "biológicos" y utilizar la marca de certificación que exprese esa calidad.

Y en el artículo 3º: “Las disposiciones del presente decreto se aplicarán a la producción, elaboración, acondicionamiento, almacenamiento, envasado, identificación, certificación y comercialización bajo cualquier régimen de productos agrícolas orgánicos.”

Es decir, solo tiene alcance dicho DECRETO a los productos agrícolas y no a los pecuarios o de producción animal.

Referencias: 


Decreto N° 360/992 https://www.impo.com.uy/bases/decretos/360-1992

Decreto N° 194/999 https://www.impo.com.uy/bases/decretos/194-1999

Decreto N° 557/008  https://www.impo.com.uy/bases/decretos/557-2008

MARCO NORMATIVO DE LA AGRICULTURA ORGÁNICA Dirección General de Servicios Agrícolas Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca http://www2.mgap.gub.uy/portal/afiledownload.aspx?2,49,943,O,S,0,13218%3BS%3B1%3B142,

Resolución N° 943/021 MGAP Procedimiento de Evaluación y Gestión de Productos Orgánicos de Origen Vegetal Importados  

Resolución N° 944/021 MGAP Certificación de la producción orgánica (DGSA)

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